Las aseguradoras suelen excluir el suicidio en la cobertura de las pólizas de seguros de vida. Sin embargo, si decide no indemnizar en el caso de un supuesto caso de suicidio, tendrán que demostrar y acreditar la causa del fallecimiento. Diario Médico recoge la sentencia de un juzgado de Lleida sobre este tema.
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